martes, marzo 24, 2026
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Arraigo para la Formación

Arraigo para la formación

Una de las nuevas figura que se pretenden crear con la nueva modificación del reglamento de extranjería es el arraigo para la formación, una residencia que sin duda será de gran utilidad para muchos extranjeros en situación irregular al facilitarles la posibilidad de formarse y permitirles conseguir un permiso trabajo después.

¿Qué es el arraigo para la formación?

El arraigo para la formación será un nuevo tipo de residencia por circunstancias excepcionales que permitirá a los extranjeros en situación irregular en España que deseen iniciar una formación o estudios residir durante 12 meses de manera legal en el país (renovables).

Requisitos del arraigo para la formación:

Para poder solicitar este arraigo, será necesario cumplir los siguientes 3 Requisitos:

  • Será indispensable demostrar la residencia continuada en España. En este caso durante los 2 años previos a la solicitud.
  • Se deberá demostrar que se carece de antecedentes penales, tanto en España como en cualquier otro país en el que hayas residido durante los últimos 5 años.

Y, finalmente, el requisito más importante y el referido con los estudios.

 El extranjero deberá comprometerse a:

  • Realizar una formación para el empleo, y ésta debe ser reglada.
  • A conseguir una certificación oficial de cualificaciones profesionales que esté dentro del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral
  • Iniciar una formación que permita conseguir una certificación de aptitud técnica
  • Completar una habilitación profesional necesaria para poder ejercer en una ocupación específica.

Posteriormente a 3 meses de haber conseguido este arraigo, deberá tramitarse la matriculación para iniciar la formación en el centro en caso de que no se hubiese hecho con anterioridad.

 Si no se produce la matriculación dentro de este plazo, existirá la obligación de comunicarlo a la oficina de extranjería, y el arraigo quedaría anulado.

Renovación y cómo pasar a permiso de trabajo después

El arraigo para la formación puede ser renovado (a diferencia del resto de arraigos que requieren modificar a otro tipo de residencia directamente).

Aunque esta autorización inicial es por 12 meses, en los casos en los que los estudios se alarguen y duren más de este tiempo, podrá renovarse por un año extra.

Una vez finalizados los estudios y completada la formación con éxito, será posible conseguir un permiso de trabajo por 2 años (renovables).

El extranjero, deberá encontrar una oferta de trabajo para poder modificar su residencia y poder empezar a trabajar, y deberá hacerlo durante la vigencia del arraigo por formación, y nunca después.

El único requisito de esta oferta laboral será que garantice el salario mínimo interprofesional; actualmente 1.000€ brutos mensuales.

En resumen, una de las grandes ventajas de este arraigo es que te dará la posibilidad de trabajar y conseguir tu permiso de trabajo, tema tan debatido y anhelado por todas las personas que se encuentran actualmente en situación irregular en el País.

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